Inversiones para la elaboración y comercialización de productos vitícolas en Galicia

Financiar inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización de la Intervención Sectorial Vitivinícola (ISV).
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Paco Hernández

Economista ADE asesor fiscal.

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Plazo de presentación: Apertura el 06/01/2024 y cierre el 31/01/2024

Órgano convocante: GALICIA – CONSELLERIA DE MEDIO RURAL

Ámbito: Galicia

Presupuesto de la ayuda: 4.500.000 €

Para qué es la ayuda

Financiar inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización de la Intervención Sectorial Vitivinícola (ISV).

Quién puede pedirla

a) Las empresas vitivinícolas que en el momento de la solicitud produzcan o comercialicen los productos contemplados en el anexo VII parte II del Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo del 17 de diciembre de 2013, o que, como consecuencia de la ejecución de la operación objeto de la solicitud de ayuda, comiencen esa producción o comercialización.

b) Las organizaciones de productores vitivinícolas y sus asociaciones.

c) Las asociaciones de dos o más productores, con personalidad jurídica, de los productos mencionados en el anexo VII parte II del Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo del 17 de diciembre de 2013.

d) Las organizaciones interprofesionales.

e) Las organizaciones profesionales.

Qué gastos me cubre.

a) Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
b) Compra de nueva maquinaria y equipamientos hasta el valor de mercado del producto.
c) Gastos administrativos, siempre que en conjunto no superen el 4% de los costes subvencionables totales de la operación.
d) Adquisición o desarrollo de soportes lógicos de ordenador y adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y el registro de marcas colectivas.

En qué consiste la ayuda

Los porcentajes máximos de ayuda son:
– Para microempresas y PYMEs: El 40% del presupuesto.
– Para empresas (no pymes) con menos de 750 empleados y un volumen de negocio menor a 200 mill. €: El 20% del presupuesto.
– Para empresas con menos de 750 empleados y un volumen de negocio igual o mayor a 200 mill. €: El 10% del presupuesto.

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