Inversiones en el rural para actividades no agrarias Galicia 2025

Subvención a proyectos de inversión en actividades empresariales no agrícolas con el fin de reforzar el tejido productivo empresarial en las zonas rurales de Galicia mediante el apoyo a la adquisición de bienes de equipo inherentes a la actividad empresarial que están desarrollando las empresas existentes, con el fin de mejorar, ampliar o modernizar sus estructuras de producción y/o servicios.
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Paco Hernández

Economista ADE asesor fiscal.

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Plazo de presentación: Apertura el 31/01/2025 y cierre el 28/02/2025

Órgano convocante: GALICIA – CONSELLERÍA DE MEDIO RURAL

Ámbito: Galicia

Presupuesto de la ayuda: 1.700.000 €

Para qué es la ayuda

Para reforzar el tejido productivo empresarial en las zonas rurales de Galicia mediante el apoyo a la adquisición de bienes de equipo inherentes a la actividad empresarial que están desarrollando las empresas existentes.

Quién puede pedirla

a) Las pequeñas empresas ubicadas en zonas rurales y constituidas con anterioridad al 1 de septiembre de 2024 y que tengan personalidad jurídica propia. Su domicilio social o bien uno de sus centros de trabajo debe estar ubicado en el rural gallego.
b) Las personas solicitantes deberán estar sujetas al régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos con anterioridad al 1 de septiembre de 2024.

ATENCIÓN: Existen determinadas zonas rurales próximas a urbes que se excluyen. Mejor consúltanos.

ATENCIÓN: Están excluidas las actividades de producción primaria de productos de la pesca y la acuicultura y de producción primaria de productos agrícolas y ganaderos.

Qué proyectos se subvencionan.

a) Serán subvencionables los proyectos destinados a la adquisición de bienes de equipo con el objetivo de mejorar, ampliar y/o modernizar pequeñas empresas que desarrollan actividades productivas no agrarias en los siguientes sectores y ámbitos de actividad:

1º. Industrias, fábricas y locales destinados a la producción de bienes y materiales. No obstante lo anterior, las inversiones relacionadas con la utilización de la madera como materia prima o fuente de energía se limitarán a las operaciones de segunda transformación.

2º. Transformación y/o comercialización de productos agrarios. No obstante lo anterior, para este sector de actividad se excluirán aquellos proyectos con un presupuesto elegible superior a 100.000 €.

3º. Prestación de servicios en cualquier sector económico, con exclusión de las empresas de servicios agrícolas y forestales, y de las empresas de servicios energéticos, así como de las empresas que presten servicios en los sectores de hotelería (incluyendo todo tipo de empresas de alojamiento turístico), hostelería y restauración.

4º. Prestación de servicios sociales (guarderías, cuidado de ancianos, de personas con discapacidad, granjas escuela…).

5º. Actividades de ocio, recreativas y deportivas.

6º. Artesanía y actividades artesanales.

7º. Actividades en los sectores de la ingeniería, arquitectura, servicios técnicos, limpieza industrial y veterinaria.

8º. Comercio al por menor.

b) Deben desarrollarse en Galicia.

c) No deben estar iniciados en la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

d) Deben ser finalistas y cumplir con su normativa sectorial.

e) que presenten un presupuesto elegible superior a 20.000 € e inferior a 250.000 €.

Qué gastos me cubre.

Será subvencionable la compra de bienes de equipo nuevos afectos a la actividad empresarial, y que sean necesarios para el desarrollo de la actividad productiva de la empresa.

No obstante, existen más exclusiones que supuestos admitidos. NO SERÁN SUBVENCIONABLES LAS SIGUIENTES INVERSIONES:

a) Material fungible en general.

b) Envases y embalajes, aun cuando sean reutilizables.

c) Maquinaria agrícola y/o forestal.

d) La reposición o simple sustitución de bienes de equipo existentes, salvo que la nueva adquisición suponga una mejora tecnológica o ambiental que deberá justificarse en la memoria resumen del proyecto.

e) Equipos de calefacción, climatización y ventilación, así como las instalaciones que comporten, y, en general, los equipos e instalaciones vinculados con la energía geotérmica, aerotérmica y fotovoltaica.

f) Traídas y acometidas de servicios.

g) Adquisición de bienes de equipo y materiales de segunda mano.

h) Adquisición de bienes de equipo destinados al alquiler.

i) Equipos informáticos de oficina y licencias informáticas en sistemas operativos y aplicaciones de ofimática, y software en general, excepto en aquellos casos en los que el software sea necesario para el funcionamiento de los equipos subvencionados.

j) Diseño y/o actualización de páginas web.

k) La compra de vehículos de transporte exterior, de vehículos especiales agrícolas y de obras, y su adecuación.

l) Instalaciones, mobiliario, útiles y herramientas.

m) Inversiones no ajustadas en su dimensionamiento y capacidad a las actividades que va a desarrollar la empresa a corto plazo, o bien de un importe unitario superior al básico del mercado para unidades o elementos de igual capacidad.

n) Inversiones no relacionadas directamente con la actividad empresarial desarrollada por la entidad solicitante.

o) Los gastos de alquiler de instalaciones y equipos, ni las inversiones financiadas mediante arrendamiento financiero (leasing).

p) La mano de obra propia y los materiales de igual procedencia.

q) Adquisición de terrenos.

r) Las tasas por licencias administrativas.

s) El impuesto sobre el valor añadido (IVA), así como cualquier otro impuesto.

t) Los gastos financieros producidos como consecuencia de la inversión.

u) Los intereses deudores.

v) Los conceptos del presupuesto sin desglosar tales como “otros” o partidas a tanto alzado.

w) Las inversiones realizadas con carácter previo a la presentación de la solicitud de la ayuda.

En qué consiste la ayuda

Es una subvención a fondo perdido del  45% del coste de la inversión a subvencionar.

Algo importante que debes saber

Los costes de las inversiones deberán corresponderse con los precios de mercado y deberán presentarse al menos tres presupuestos de diferentes proveedores para cada inversión proyectada.

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