Ayudas para las inversiones para la elaboración y comercialización de productos vitivinícolas 2026

Operaciones que mejoren la capacidad de producción, la competitividad y la sostenibilidad de las empresas del sector.
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Paco Hernández

Economista ADE asesor fiscal.

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Plazo de presentación: Apertura el 29/11/2025 y cierre el 30/01/2026

Órgano convocante: CONSELLERÍA DE MEDIO RURAL

Ámbito: Galicia

 

Para qué es la ayuda

La finalidad de la subvención es contribuir a la ejecución de operaciones que mejoren la capacidad de producción, la competitividad y la sostenibilidad de las empresas del sector agrario, mediante la financiación de inversiones en la construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles, compra de maquinaria y equipamientos, así como gastos administrativos relacionados con estas acciones. Se busca fomentar el desarrollo económico y social de las entidades solicitantes, garantizando que las inversiones se realicen de manera eficiente y conforme a los criterios establecidos.

Quién puede pedirla

Los beneficiarios o solicitantes de esta ayuda pueden ser:

1. Empresas que se clasifiquen como:
– Microempresas.
– Pequeñas y medianas empresas (Pymes).
– Empresas no Pymes con menos de 750 personas empleadas y cuyo volumen de negocios sea inferior a 200 millones de euros.
– Empresas no Pymes con 750 personas empleadas o más y cuyo volumen de negocios sea igual o superior a 200 millones de euros.

2. Asociaciones de dos o más productores con personalidad jurídica de los productos mencionados en el Anexo VII parte II del Reglamento (UE) 1308/2013.

3. Entidades asociativas prioritarias reconocidas para el sector del vino.

4. En el caso de asociaciones, se debe presentar la justificación de la inscripción de las explotaciones en el Registro de Explotaciones Agrarias (REAGA).

5. Empresas que no estén en situación de crisis, según la definición establecida en las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas no financieras en crisis.

Que inversiones se financian.

Gastos subvencionables:

1. Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
2. Compra de nueva maquinaria y equipamientos hasta el valor de mercado del producto.
– Incluye inversiones en activos materiales consistentes en sistemas que generen energía, siempre que la cantidad de energía anual generada no supere la cantidad de energía consumida anualmente en las instalaciones objeto de la inversión.
3. Gastos administrativos, siempre que en conjunto no superen el 4% de los costes subvencionables totales de la operación.
– Pueden incluir:
– Honorarios de arquitectura, ingeniería y asesoría.
– Estudios de viabilidad.
– Gastos administrativos relacionados con la preparación, ejecución o seguimiento de la operación.
– Costes de auditorías externas realizadas por un organismo externo cualificado e independiente.
4. Adquisición o desarrollo de soportes lógicos de ordenador y adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y el registro de marcas colectivas.

Plazos de ejecución de la ayuda

El texto menciona que se debe indicar el calendario de ejecución correspondiente a las actuaciones pagadas y verificables físicamente para cada anualidad, y que esta información debe presentarse antes del 1 de mayo.

En qué consiste la ayuda

La cuantía individual de las ayudas es la siguiente:
– Microempresas: 40% del importe subvencionable
– Empresas no Pymes con menos de 750 empleados y cuyo volumen de negocios sea igual o superior a 200 millones de euros: 20% del importe subvencionable
– Empresas no Pymes con 750 o más empleados: 10% del importe subvencionable

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