Ayudas a inversiones en equipamiento de más de 40.000 €. (Galicia 2024)

Apoyo a la empresa gallega en los costes de inversiones en maquinaria, bienes de equipamiento o sistemas informáticos. Subvención a fondo perdido de hasta el 40%.
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Paco Hernández

Economista ADE asesor fiscal.

¿Cuánto queda para que finalice el plazo para hacer la solicitud?

días
El plazo para solicitar esta ayuda finalizó. Consúltenos alternativas y próximas convocatorias.

Plazo de presentación: Apertura el 07/08/2024 y cierre el 10/10/2024

Órgano convocante: GALICIA – IGAPE

Ámbito: Galicia

Presupuesto de la ayuda: 3.000.000 €

Para qué es la ayuda

Apoyar a la empresa gallega en los costes de inversiones en equipamientos subvencionando sobre el volumen de inversión en maquinaria, bienes de equipamiento o sistemas informáticos.

Quién puede pedirla

Las PYMEs cualquier que sea su forma jurídica, incluyendo a los empresarios autónomos, y que tengan un centro de trabajo en Galicia en el que se vaya a realizar el proyecto. No obstante, ciertos sectores de actividad no son subvencionables (Producción primaria de productos de la pesca y la acuicultura; Producción primaria agrícola y ganadera).

En qué consiste la ayuda

La subvención será a fondo perdido y podrá ascender al 40% de la inversión subvencionable, pero tiene un tope de 300.000 €.

En qué deben consistir las inversiones.

Inversiones en activos fijos tangibles o intangibles adquiridas por la empresa solicitante con posterioridad al 1 de enero de 2024 y antes del momento de la solicitud, pudiendo incluirse también inversiones a realizar con posterioridad a la solicitud y siempre hasta el 10-12-2024.

El importe mínimo del coste subvencionable es de 40.000 €.

La empresa debe adquirir la propiedad de las inversiones y tendrán que ser adquiridos a terceros.

Qué gastos o acciones me cubre

A) Compra de maquinaria y bienes de equipo.

B) Programas de implantación de soluciones tecnológicas (hardware y software).

Algo más que debes saber…

La ayuda es compatible con cualquier otra procedente de cualquier administración, ente público o privado, siempre que la intensidad de la totalidad de las ayudas no supere el coste de la actuación.

No obstante es incompatible con cualquier otra ayuda del IGAPE obtenida para el mismo fin.

Esta ayuda es considerada de mínimis por lo que junto con otras ayudas también de mínimis recibidas en los tres años anteriores no se podrá superar la cifra conjunta de 300.000 €.

El procedimiento es en concurrencia no competitiva así que el orden de entrada de las solicitudes es decisivo para conseguir la subvención.

Solo se puede pedir una ayuda por empresa y centro de trabajo.

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