Comerciantes minoristas y artesanos. Transformación digital, innovación y modernización. Galicia. 2024

Gran variedad de actuaciones subvencionadas para que los comerciantes y artesanos gallegos puedan mejorar su competitividad. Desde mejorar su web, hasta colocar puertas automáticas, pasando por escaparates, sistemas de empaquetado, control de stocks, etc. etc. etc.
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Paco Hernández

Economista ADE asesor fiscal.

¿Cuánto queda para que finalice el plazo para hacer la solicitud?

días
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Plazo de presentación: Apertura. el 03/02/2024 y cierre, el 04/03/2024

Órgano convocante:  VICEPRESIDENCIA PRIMERA Y CONSELLERÍA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Ámbito: Galicia

Presupuesto de la ayuda: 4.400.000 €

¿Para qué es la ayuda?

Financiar proyectos en materia de digitalización, innovación y modernización comercial.

¿Quién puede pedirla?

Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas.

En concreto:
a) Comerciantes minoristas:
– Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que el domicilio social radique en la comunidad autónoma y que cumplan los requisitos establecidos legalmente para ejercer la actividad.
– Que tengan la condición de pyme.
– Que estén dados de alta en algunas de las epígrafes del IAE que se relacionan en los anexos II e III y que esta constituya la actividad para la que va dirigida la subvención.
– Que desarrollen la actividad comercial en un establecimiento comercial con una superficie de exposición y venta igual o inferior a 300 metros cuadrados, excepto que la actividad comercial se encuadre en el epígrafe 653.1 del IAE.

b) Talleres artesanos:
– Que estén inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia. En caso de nuevos talleres, podrán solicitar la inscripción en dicho registro hasta el último día del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

¿Qué gastos me cubre?

Se establecen diferentes actuaciones financiables para cada línea, en función del tipo de beneficiario:

A) Actuaciones subvencionables para COMERCIANTES MINORISTAS con tienda física:

1. Línea de digitalización comercial.
a) Programa e-commerce I (comerciantes minoristas sin página web):
– Implantación de página web sin venta en línea. La página web deberá cumplir los requisitos que figuran en el anexo IV.
– Hardware (sistema TPV o tableta).
– Software de pago adaptado a la actividad comercial desarrollada y homologado para la digitalización del certificado de facturas (máximo 12 meses).
– Impresora de código de barras térmica 1D/2D.
– Herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS).
b) Programa e-commerce II (comerciantes minoristas con página web, con o sin venta en línea, que tengan implantado el programa e-commerce I).
– Implantación o mantenimiento de página web con venta en línea. La página web deberá cumplir los requisitos que figuran en el anexo IV.
– Mejoras de las herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS).
– Logística e-commerce, entendiéndose como el servicio de transporte para envíos en línea, que deberá cumplir los requisitos que figuran en el anexo IV.
– Gestor de redes sociales, que deberá cumplir los requisitos que figuran en el anexo IV.
– Imagen digital.

2. Línea de innovación comercial.
a) Programa smart retail (comerciantes minoristas que tengan implantado el programa e-commerce I y, en su caso, página web con venta en línea).
– Etiquetado electrónico para lineales de venta.
– Sistemas de click and collect y lockers digitales.
– Terminales de autopago para la clientela (self check out).
– Tecnología de control de stocks y tecnología RFID.
– Software para la gestión logística del e-commerce.
– Soluciones de ciberseguridad.
– Asistentes virtuales y sistemas digitales interactivos (chatbots).
– Aplicaciones para dispositivos móviles (m-commerce).
b) Programa visual merchandising (comerciantes minoristas que tengan implantado el programa e-commerce I).
– Escaparates virtuales con o sin interacción con la clientela.
– Pantallas y tótems publicitarios con o sin interacción con la clientela.

3. Línea de modernización comercial.
a) Programa eficiencia.
– Puertas automáticas con sensores de proximidad.
– Sistemas de iluminación energéticamente eficientes y sensores de presencia para la regulación automática de luces.
– Sistemas de climatización energéticamente eficientes.
b) Programa reforma.
– Obras de acondicionamiento y reforma de la superficie de exposición y venta del establecimiento comercial.
– Actuaciones de mejora de la fachada e instalación de rótulos del establecimiento comercial.
– Adquisición de mobiliario auxiliar destinado a la mejora de la imagen comercial y adquisición de mobiliario expositivo de productos que sea necesario para el desarrollo de la actividad comercial y de uso exclusivo en la superficie de exposición y venta.
– Sistemas de videovigilancia digital con una inversión máxima subvencionable de 250,00 €.
c) Programa equipamiento.
Adquisición, en régimen de propiedad, de equipamientos propios de la actividad comercial que deberán ser, en todo caso, de primer uso; en concreto, maquinaria, herramientas o equipamiento auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial o artesanal, así como otra maquinaria, herramientas o equipamiento auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial, que mejoren el diseño y la calidad del producto final.

B) Actuaciones subvencionables para TALLERES ARTESANOS:

1. Línea de digitalización comercial.
a) Programa e-commerce I (talleres artesanos sin página web): Implantación de página web sin venta en línea; Hardware; 
– Implantación de página web sin venta en línea. La página web deberá cumplir los requisitos que figuran en el anexo IV.
– Hardware (sistema TPV o tableta).
– Software de pago adaptado a la actividad comercial desarrollada (máximo 12 meses).
– Herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS).
b) Programa e-commerce II (talleres artesanos con página web, con o sin venta en línea, que tengan implantado el programa e-commerce I).
– Implantación o mantenimiento de página web con venta en línea. La página web deberá cumplir los requisitos que figuran en el anexo IV.
– Mejoras de las herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS).
– Logística e-commerce, entendiéndose como el servicio de transporte para envíos en línea, que deberá cumplir los requisitos que figuran en el anexo IV.
– Gestor de redes sociales, que deberá cumplir los requisitos que figuran en el anexo IV.
– Imagen digital

2. Línea de innovación comercial.
a) Programa smart retail (talleres artesanos con tienda física que tengan implantado el programa e-commerce I y, en su caso, página web con venta en línea).
– Etiquetado electrónico para lineales de venta.
– Sistemas de click and collect y lockers digitales.
– Terminales de autopago para la clientela (self check out).
– Tecnología de control de stocks y tecnología RFID.
– Software para la gestión logística del e-commerce.
– Soluciones de ciberseguridad.
– Asistentes virtuales y sistemas digitales interactivos (chatbots).
– Aplicaciones para dispositivos móviles (m-commerce).
– Aplicaciones de realidad virtual y aumentada.
b) Programa visual merchandising (talleres artesanos con tienda física que tengan implantado el programa e-commerce I).
– Escaparates virtuales con o sin interacción con la clientela.
– Pantallas y tótems publicitarios con o sin interacción con la clientela.

3. Línea de modernización comercial.
a) Programa eficiencia (talleres artesanos con tienda física).
– Puertas automáticas con sensores de proximidad.
– Sistemas de iluminación energéticamente eficientes y sensores de presencia para la regulación automática de luces.
– Sistemas de climatización energéticamente eficientes.
b) Programa reforma (talleres artesanos con tienda física).
– Obras de acondicionamiento y reforma de la superficie de exposición y venta del establecimiento comercial.
– Actuaciones de mejora de la fachada e instalación de rótulos del establecimiento comercial.
– Adquisición de mobiliario auxiliar destinado a la mejora de la imagen comercial y adquisición de mobiliario expositivo de productos que sea necesario para el desarrollo de la actividad comercial y de uso exclusivo en la superficie de exposición y venta.
– Sistemas de videovigilancia digital, con una inversión máxima subvencionable de 250,00 €.
c) Programa equipamiento (talleres artesanos con o sin tienda física).
– Adquisición, en régimen de propiedad, de equipamientos propios de la actividad comercial y artesanal que deberán ser, en todo caso, de primer uso; en concreto, maquinaria, herramientas o equipamiento auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial o artesanal, así como otra maquinaria, herramientas o equipamiento auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial o artesanal, que mejoren el diseño y la calidad del producto final.

¿En qué consiste la ayuda?

A) COMERCIANTES MINORISTAS:

1. Línea de digitalización comercial. El porcentaje de la subvención será el 75 % de las siguientes inversiones máximas subvencionables (IVA excluido).

2. Línea de innovación comercial. El porcentaje de la subvención será el 75 % de las siguientes inversiones máximas subvencionables (IVA excluido).

3. Línea de modernización comercial. El porcentaje de la subvención será el 60 % de las siguientes inversiones máximas subvencionables (IVA excluido).

B) TALLERES ARTESANOS:

1. Línea de digitalización comercial. El porcentaje de la subvención será el 75 % de las siguientes inversiones máximas subvencionables (IVA excluido).

2. Línea de innovación comercial. El porcentaje de la subvención será el 75 % de las siguientes inversiones máximas subvencionables (IVA excluido).

3. Línea de modernización comercial. El porcentaje de la subvención será el 60 % de las siguientes inversiones máximas subvencionables (IVA excluido).

¿Algo importante que debes saber?

Cada línea y programa de actuación subvencionable tiene límites de inversión subvencionable. El dinero gastado por encima de dichos límites no tendrá subvención alguna. Si quieres consultarlos en detalle , revisa los artículos 4 y 5 del anexo I de la orden de convocatoria de la ayuda. Te dejamos el enlace aquí:
 ORDEN de 11 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la transformación digital, innovación y modernización del sector comercial y artesanal, y se procede a su convocatoria para el año 2024

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