¿Cuánto queda para que finalice el plazo para hacer la solicitud?
Plazo de presentación: Apertura el 02/10/2023 y cierre el 31/10/2023
Órgano convocante: GALICIA – INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE)
Ámbito: Galicia
Presupuesto de la ayuda: 22.800.000 €
Ayuda máxima a recibir: 315.000 €
Presupuesto mínimo del proyecto: 25.000 €
Para qué es la ayuda
Dinamizar la actividad económica en la Comunidad Autónoma y potenciar el mantenimiento y creación de empleo, así como la innovación, a través del desarrollo y mejora de las empresas existentes, y con la creación y puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales.
Quién puede pedirla
Las PYMEs que proyecten llevar a cabo una inversión en un centro de trabajo localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Líneas
Modalidad 1. Proyectos de inversión empresarial generales.
– Creación de un nuevo establecimiento.
– Ampliación de capacidad de un establecimiento existente.
– Diversificación de la producción de un establecimiento existente en productos que anteriormente no se producían en el mismo.
– Cambio fundamental en el proceso global de producción del producto o productos afectados por la inversión en el establecimiento.
Modalidad 2. Proyectos de inversión en equipamiento productivo.
– Inversiones en activos fijos que impliquen una ampliación de capacidad de un establecimiento existente.
En qué consiste la ayuda
Inversión mínima subvencionable de los proyectos:
– Modalidad 1: 50.000 €
– Modalidad 2: 25.000 €
Se establece una inversión máxima subvencionable de 900.000 € para ambas modalidades.
– Para la Modalidad 1, el porcentaje de subvención resultante no excederá del 35% en el caso de las microempresas y pequeñas empresas y de 25% en el caso de las medianas empresas.
– Para la Modalidad 2, el porcentaje de subvención resultante será del 30% en el caso de las pequeñas empresas y del 20% en el caso de las medianas empresas.
Las personas solicitantes que acometan un proyecto con una inversión subvencionable igual o superior a 500.000 € podrán solicitar un préstamo parcialmente reembolsable.
Qué gastos o acciones me cubre
Modalidad 1.
a) Obra civil.
b) Bienes de equipamiento: maquinaria de proceso, instalaciones específicas para la actividad subvencionable, utillaje (incluidos los moldes, plantillas y troqueles), equipos y medios de transporte interno, vehículos especiales de transporte externo, medios de protección del ambiente y otros bienes de equipamiento.
c) Otras inversiones en activos fijo: mobiliario, equipos para procesos de información y envases o embalajes que, por sus características, deban considerarse como inmovilizado.
d) Aplicaciones informáticas directamente vinculadas con el proceso productivo.
e) Adquisición de activos de un establecimiento.
Modalidad 2.
a) Bienes de equipamiento: maquinaria de proceso, herramienta (incluidos los moldes, modelos y cuños) y otros bienes de equipamiento relacionados con el proceso productivo y con el proyecto de ampliación de capacidad presentado.
– En ningún caso tendrán la consideración de bienes de equipamiento las obras necesarias para su instalación.
Algo más que debes saber…
El período de ejecución abarcará desde la fecha de presentación de la solicitud y finalizará dentro de los 18 meses siguientes a la fecha de notificación de la resolución de concesión para los proyectos de la Modalidad 1, y dentro de los 9 meses siguientes a la fecha de notificación de la resolución de concesión para los proyectos de la Modalidad 2.