¿Cuánto queda para que finalice el plazo para hacer la solicitud?
Plazo de presentación: Apertura el 21/01/2025 a las 09:00 horas y cierre el 30/09/2025 a las 14:00 horas
Órgano convocante: GALICIA – INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE)
Ámbito: Galicia
Presupuesto de la ayuda: 12.000.000 €
Ayuda máxima a recibir: 200.000 €
Límites de la inversión: Entre 50.000 € y 800.000 €
Para qué es la ayuda
Dinamizar la actividad económica en la Comunidad Autónoma y potenciar el mantenimiento y creación de empleo, así como la innovación, a través del desarrollo y mejora de las empresas existentes, y con la creación y puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales.
Quién puede pedirla
Las PYMEs (cualquiera que sea su forma jurídica) y agrupaciones de estas, que proyecten llevar a cabo una inversión en un centro de trabajo localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia. Se excluyen las dedicadas a una serie de actividades, por lo que es mejor consultarnos.
Actuaciones subvencionables y líneas
Lo son la ejecución de proyectos de inversión empresarial que respondan a alguna de las siguientes finalidades:
– Creación de un nuevo establecimiento.
– Ampliación de capacidad de un establecimiento existente.
Se contemplan dos modalidades de proyectos inversores:
Modalidad 1. Proyectos de inversión empresarial generales, entre 50.000 € y 800.000 €.
Modalidad 2. Proyectos de inversión en equipamiento productivo, entre 25.000 €y 800.000 €
Qué gastos o inversiones me cubre
En general, las activos fijos materiales e inmateriales, nuevos, adquiridos en propiedad a terceros ajenos a la empresa. Existe una lista importante de inversiones que no son subvencionables. Mejor consúltanos.
Modalidad 1.
a) Obra civil. (con múltiples condicionantes y no exclusivamente obra civil).
b) Bienes de equipamiento: maquinaria de proceso, instalaciones específicas para la maquinaria, utillaje (incluidos los moldes, plantillas y troqueles), equipos y medios de transporte interno, vehículos especiales de transporte externo, medios de protección del ambiente y otros bienes de equipamiento.
c) Otras inversiones en activos fijo: mobiliario, equipos para procesos de información y envases o embalajes que, por sus características, deban considerarse como inmovilizado.
d) Aplicaciones informáticas directamente vinculadas con el proceso productivo. (con múltiples requisitos)
e) Adquisición de activos de un establecimiento que cerró o cerraría si no es adquirido. (con condiciones)
Modalidad 2.
a) Bienes de equipamiento: maquinaria de proceso, instalaciones y obras específicas para la maquinaria, utillaje (incluidos los moldes, plantillas y troqueles), equipos y medios de transporte interno, vehículos especiales de transporte externo, medios de protección del ambiente y otros bienes de equipo. No deberán superarse 4 unidades.
En qué consiste la ayuda
Subvención a fondo perdido calculada como porcentaje de la inversión subvencionable.
El porcentaje de subvención resultante no excederá del 35% en el caso de las pequeñas empresas y de 25% en el caso de las medianas empresas. (En ciertos sectores los porcentajes respectivos serán de 20% y del 10%).
Algo más que debes saber…
El período de ejecución abarcará desde la fecha de presentación de la solicitud y finalizará dentro de los 18 meses siguientes a la fecha de notificación de la resolución de concesión para los proyectos de la Modalidad 1, y dentro de los 9 meses siguientes a la fecha de notificación de la resolución de concesión para los proyectos de la Modalidad 2.
Esta ayuda es en concurrencia no competitiva por lo que la prelación de solicitudes se producirá por orden temporal de entrada de solicitudes completas. No existen criterios técnicos o económicos para ordenarlas.