Contratación laboral de menores de 30 años

Ayudas para promover la práctica profesional y la formación en competencias blandas de las personas jóvenes menores de 30 años mediante contratos formativos, año 2023.
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Paco Hernández

Economista ADE asesor fiscal.

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Plazo de presentación: Apertura el 25/08/2023 y cierre el 02/10/2023

Órgano convocante: GALICIA – CONSELLERÍA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO E IGUALDAD

Ámbito: Galicia

Ayuda máxima a recibir: 16.625€

Para qué es la ayuda

Mejorar la empleabilidad y la inserción profesional de las personas jóvenes en Galicia a través de la formalización de contratos de formación para la obtención de la práctica profesional o de contratos de formación en alternancia, que les faciliten la inserción laboral dotándolas a la vez de competencias para el empleo, que las acompañen durante su vida laboral con la finalidad última de promover su empleabilidad, y la retención del talento joven en Galicia.

Quién puede pedirla

  1. a) Las personas empleadoras y las empresas, cualquier que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las comunidades de bienes y sociedades civiles.
  2. b) También pueden ser beneficiarias los centros especiales de empleo, y las empresas de inserción laboral, que contraten personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, excepto para celebrar contratos con personas con discapacidad y contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social respectivamente.

Plazos que existen para la solicitud

El plazo de solicitud es desde el 25/08/2023 hasta el 02/10/2023.

Líneas

Línea 1. Programa de prácticas, mediante contratos para la obtención de práctica profesional, suscritos con personas trabajadoras menores de 30 años que estén en posesión de título universitario (grado, máster o doctorado), o título de grado medio o superior, especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional.

Línea 2: Programa de formación en alternancia, mediante contratos de formación en alternancia que se realicen con personas trabajadoras menores de 30 años, y que podrán celebrarse con personas que carezcan de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para concertar un contrato formativo para la obtención de práctica profesional.

En qué consiste la ayuda

Las cuantías de las subvenciones serán las siguientes, con carácter general:

  1. a) Incentivo a la contratación por 12 meses a jornada completa:

– Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 1 y 2: 16.625 €

– Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 3 a 7: 13.300 €

– Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 8 a 11: 9.975 €

  1. b) Incentivo a la formación: Por cada persona joven contratada, para la impartición de un programa formativo en competencias blandas, con una duración mínima de 60 horas:

– 2.000 € para formación presencial

– 1.000 € para tele formación.

Qué gastos o acciones me cubre

– Las contrataciones por cuenta ajena de personas jóvenes mediante la suscripción de contratos para la obtención de la práctica profesional

– Las contrataciones por cuenta ajena de personas jóvenes mediante la suscripción de contratos de formación en alternancia.

Los contratos tendrán una duración mínima de 12 meses, deberán ser a jornada completa y producirse entre el 16 de octubre de 2022 y el 30 de noviembre de 2023.

En el caso de nuevas contrataciones, el período máximo para realizarlas finalizará a los 20 días hábiles siguientes al de la recepción de la notificación de la concesión de la ayuda, y en todo caso el 30 de noviembre de 2023.

Igualmente serán subvencionables los incentivos a la formación en competencias blandas de cada una de las personas que sean contratadas al amparo de esta convocatoria con una duración mínima de 60 horas.

Algo más que debes saber…

Serán destinatarias finales aquellas personas jóvenes que cumplan los siguientes requisitos en el momento de la contratación para las dos modalidades contractuales previstas:

  1. a) Que tengan cumplidos los 16 años y no superen los 30 años en el momento de la contratación.

b) Que estén desempleadas (desocupadas en el día inmediatamente anterior a la fecha de inicio del contrato) y que se encuentren inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Galicia en el momento de su contratación.

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